Hay un requisito establecido para tramitar la ciudadanía de Estados Unidos que, si no es cumplido por alguien con residencia permanente en ese país, esa persona no será elegible para ser ciudadano estadounidense, aunque tenga una green card.
Estas exigencias para naturalizarse en Estados Unidos fueron detalladas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (Uscis, por sus siglas en inglés), y uno de los requisitos principales es que el solicitante tiene que vivir de forma continua en EE.UU. como residente permanente por un determinado período antes y hasta el momento de iniciar el trámite para la ciudadanía.
Qué personas con green card no pueden tramitar la ciudadanía de EE.UU.
Uscis indica que un solicitante de naturalización, proceso por el que se consigue la ciudadanía estadounidense, debe haber residido en EE.UU. como residente permanente durante al menos cinco años, sin embargo, existe otro requisito que hace inelegible a muchos.
El organismo no aprobará el proceso por incumplimiento del requisito de residencia continua si el beneficiario ha estado ausente continuamente por un período de un año o más, a menos que presente una Solicitud de Preservación de Residencia para Fines de Naturalización.
El concepto de residencia continua implica mantenerse en Estados Unidos durante el período requerido por la ley. Para fines prácticos, se refiere al domicilio principal real del extranjero. “La residencia del solicitante es generalmente su ubicación física real, independientemente de sus intenciones de reclamarla como su residencia”, indica el Uscis.
Añade que: “Los requisitos de residencia continua y presencia física están interrelacionados, pero son diferentes. Cada requisito debe cumplirse (a menos que se especifique lo contrario) para que el solicitante sea elegible para la naturalización”.
Qué debe hacer alguien con green card para mantener la residencia continua
Uscis considerará todo el período, desde la isión como titular de una green card hasta que se presente una solicitud para convertirse en ciudadano, para determinar el cumplimiento del requisito.

Generalmente, el estatuto establece dos maneras de interrumpir la continuidad de la residencia:
- El solicitante está afuera del territorio estadounidense durante más de seis meses, pero menos de un año.
- El solicitante está ausente de durante un año o más.
“Las ausencias prolongadas o frecuentes de un residente permanente legal de EE.UU. también pueden resultar en la denegación de la naturalización debido al abandono de la residencia permanente“, precisa la agencia.
El formulario para mantener la residencia permanente continua y hacerse ciudadano de EE.UU.
El formulario N-470 se debe utilizar para preservar el estatus para los residentes permanentes legales que desempeñan un empleo calificado en el extranjero con el gobierno estadounidense, el sector privado o una organización religiosa.
Para calificar se deben cumplir los siguientes criterios:
- El solicitante debe haber estado físicamente presente en Estados Unidos como residente permanente legal durante un período ininterrumpido de al menos un año antes de trabajar en el extranjero.
- La solicitud puede presentarse antes o después de que comience el trabajo, pero antes de haber estado en el extranjero durante un período continuo de un año.

Además, el solicitante deberá haber sido:
- Empleado o bajo contrato con el gobierno de EE.UU. o una institución de investigación estadounidense reconocidos como tales por el Procurador General;
- Empleado de una empresa o corporación estadounidense dedicada al desarrollo del comercio exterior, o una subsidiaria de la misma, si más del 50% de sus acciones son propiedad de una empresa o corporación en EE.UU.;
- Empleado por una organización internacional pública de la cual Estados Unidos es miembro por un tratado o estatuto y por la cual el solicitante no estuvo empleado hasta después de convertirse en residente permanente; o contratado únicamente con el propósito de desempeñar las funciones ministeriales o sacerdotales de una denominación religiosa o misionera que tenga una organización auténtica dentro de Estados Unidos como misionero, hermano, monja o hermana.
Pese a que el formulario es una forma de mantener la residencia, por motivos específicos, el Uscis advierte que la aprobación de una solicitud no garantiza que, al regresar a Estados Unidos, el peticionario (o sus familiares) no haya perdido la condición de residente permanente legal por abandono. Es posible refutar la presunción con pruebas aceptables.
La Nación/GDA
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